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EL FISCAL DE DISTRITO PENAL DEL CONDADO

DE HIDALGO

UNIDAD DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

La responsabilidad principal del personal de la Unidad de Violencia Doméstica es revisar los casos de delitos menores y mayores de violencia doméstica presentados para enjuiciamiento y hacer recomendaciones a los fiscales sobre acrecentamiento, condiciones de fianza y ayudar a las víctimas a obtener órdenes de protección.

¿QUÉ ES LA VIOLENCIA DOMÉSTICA?

La violencia doméstica se puede definir como un modelo de comportamiento en cualquier relación que sea:

  • utilizado para ganar o mantener el poder y el control sobre una pareja íntima o un miembro de la familia.
  • El abuso incluye acciones o amenazas físicas, sexuales, emocionales, económicas o psicológicas. Esto incluye cualquier comportamiento que atemorice, intimide, aterrorice, manipule, hiera, humille, culpe, hiera o hiera a alguien.

 

La violencia doméstica le puede pasar a cualquier persona sin importar su raza, edad, orientación sexual, religión o género.

En un contexto legal, Texas define “violencia familiar” como “un acto de un miembro de una familia o de un hogar contra otro miembro de la familia o del hogar que tiene la intención de resultar en daño físico, lesión corporal, agresión o agresión sexual o esa es una amenaza que razonablemente pone al miembro en temor de daño físico inminente, lesión corporal, agresión o agresión sexual, pero no incluye medidas defensivas para protegerse a sí mismo “.

SOBRE LA UNIDAD DE VIOLENCIA DOMÉSTICA

La Unidad de Violencia Doméstica (DVU) es un equipo profesional que trabaja en conjunto para poner fin al ciclo de violencia doméstica. La DVU incluye fiscales, personal administrativo, defensores de víctimas e investigadores. Los fiscales de la DVU manejan casos de órdenes de protección y procesan casos penales de violencia doméstica. La DVU tiene como objetivo:

  • Procesar con eficacia los casos de violencia doméstica;
  • Brindar apoyo legal de emergencia;
  • Proporcionar un procesamiento oportuno de las solicitudes de órdenes de protección;
  • Proporcionar planificación de seguridad para las víctimas;
  • Proporcionar referencias a servicios legales externos;
  • Tener contacto continuo con la víctima;
  • Monitorear proactivamente el caso criminal;
  • Supervisar a los acusados ​​para verificar el cumplimiento de las condiciones de libertad condicional ordenadas por el tribunal;
  • Informar a las víctimas sobre su papel en el sistema de justicia penal;
  • Empoderar y educar a las víctimas de violencia doméstica;
  • Promover la seguridad de las familias;
  • Hacer justicia a los abusadores.

NUESTRO PROPÓSITO

El personal de la Unidad de Violencia Doméstica revisa los casos de delitos menores y mayores de violencia doméstica que se presentan para enjuiciamiento y hace recomendaciones a los fiscales sobre enjuiciamientos, condiciones de fianza y ayuda a las víctimas a obtener órdenes de protección.

La Unidad de Violencia Doméstica cuenta con seis (6) Fiscales de Violencia Doméstica, tres (3) Defensores de Víctimas, seis (6) Asistentes Legales, un (1) Coordinador de Victimas y un (1) Investigador. El personal revisa el registro de la cárcel todos los días para llamar a las víctimas de violencia doméstica dentro de las 48 horas posteriores al asalto.

El Defensor de Víctimas proporciona un plan de seguridad para las víctimas, explica los derechos de las víctimas, evalúa la seguridad de la víctima y les proporciona el refugio local de violencia doméstica mientras los números de la línea directa les proporciona a las víctimas información sobre la fianza del acusado y les ofrece a las víctimas que soliciten un orden de protección. La seguridad de la víctima es la prioridad para la Unidad de Violencia Doméstica y garantizar que los perpetradores de violencia doméstica rindan cuentas.

La unidad de Violencia Doméstica fue creada por Ricardo Rodríguez Jr., Fiscal de Distrito Penal del Condado de Hidalgo en un esfuerzo por reducir el crítico problema actual de Violencia Doméstica del Condado de Hidalgo.

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Cobatatiando Los Mitos Sobre Las Órdenes de Protección

Mito #1

Una orden de protección es solo un pedazo de papel.
No, no es solo una hoja de papel. Es una orden judicial con consecuencias penales. Una persona puede ser arrestada por violar la orden. Es una herramienta eficaz para reducir las situaciones violentas y darle a la víctima la oportunidad de salir de la situación de manera segura.

Mito #2

Las órdenes de restricción y las órdenes de protección son las mismas.
No, se presenta una orden de restricción con un caso de divorcio o custodia. Una persona no puede ser arrestada por violar una orden de restricción. Una orden de protección, por el otro lado, tiene un remedio más inmediato. Una persona puede ser arrestada por violar una orden de protección.

Mito #3

Las personas indocumentadas no pueden solicitar una orden de protección.
Eso es falso, cualquier persona puede presentar una orden de protección sin importar su estatus migratorio.

Mito #4

Las víctimas que nunca han denunciado a la policía no pueden hacerlo.
Eso es incorrecto. Muchas víctimas han ocultado su abuso. No hay ningún requisito de que se presenten cargos. La declaración jurada y el testimonio de la víctima son suficientes.

Application Process

How to Apply:

You can apply for a Protective Order at the Domestic Violence Unit located at the Hidalgo County District Attorney’s office, 100 E. Cano, 3rd Floor, Edinburg, Texas 78539.  

You (the applicant) will be required to fill out an application form giving us information on yourself and the person you are applying against (the respondent).  

An Advocate (interviewer) will meet with you and gather all the facts and information regarding your case. They will assist you with any questions you may have about the criminal justice system and the protective order process.

You will also be referred to various agencies for appropriate services.

Your application will be reviewed by an attorney as quickly as possible.  The attorney will contact you to discuss your application.

If we are unable to accept your application and file on your behalf, we will do our best to provide you resources to assist you.

You must be able to provide an address where the Respondent can be served.  If your application is accepted, the respondent must be served with the paperwork.  If the respondent cannot be personally served, the Protective Order will not be granted.  

You will need to bring your driver’s license or photo ID.  

Please provide our office with any police reports, case numbers or any prior court orders you may have.

Where to Apply:

What to Bring:

Have Questions? Please contact Us.

If you have any questions regarding the Protective Order application process, please contact our office at (956)292-7613.

If you have an emergency, please call 911 immediately.